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La jueza Heredia justificó la decisión en que «resulta fácil» que Uribe pudiera abandonar el país, para eludir la sanción impuesta. Uribe Vélez es el primer expresidente colombiano en ser condenado.

La magistrada del juzgado 44 del penal de conocimiento de Bogotá, Sandra Liliana Heredia, dictó una pena de aplicación inmediata luego de dar a conocer este viernes la condena de 12 años de prisión domiciliaria al expresidente Álvaro Uribe Vélez (2002-2010) por los delitos de soborno a testigos y fraude procesal. Además, dictaminó el pago de una multa e inhabilitación para ejercer cargos públicos por espacio de cien meses y 20 días.
La magistrada confirmó el veredicto histórico, ya que es la primera vez en la historia en que un exmandatario colombiano es condenado, durante una audiencia en el complejo judicial de Paloquemao, a las 14H00 hora local. Confirmó que el acusado recibirá prisión domiciliaria y habrá de pagar la suma de cuatro salarios mínimos legales mensuales vigentes.
La condena incluye además una multa de 2.420,5 salarios mínimos legales mensuales vigentes y la inhabilitación para ejercer derechos y funciones públicas durante 100 meses y 20 días, esto implica un aproximado de 750 mil dólares.
En tanto, el tribunal absolvió a Uribe del cargo de soborno simple, pero ratificó su responsabilidad en la manipulación de pruebas y el ofrecimiento de beneficios a testigos para alterar sus declaraciones en procesos judiciales.
Teniendo en cuenta que el domicilio del acusado está fijado en Ríonegro, departamento de Antioquia, la jueza dispuso además que el Centro de Servicios Judiciales de dicha localidad «suscriba la diligencia de compromiso y se libre la correspondiente boleta de encarcelación, debiéndose por parte del establecimiento carcelario encargado de la vigilancia, proceder a su traslado inmediato a su domicilio, donde cumplirá la prisión domiciliaria, y se realizarán los controles respectivos«.
El texto de la sentencia señala que «contra la misma procede el recurso de apelación, ante la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá D.C., recurso que debe ser interpuesto en este momento procesal y puede ser sustentado oralmente dentro del mismo o por escrito dentro de los cinco días siguientes«.
Previamente, el equipo de defensa de Uribe anunció que apelará la sentencia.
El Ministerio Público solicitó una pena de nueve años de cárcel, el pago de una multa y la inhabilitación política, mientras que víctimas del acusado solicitaron 12.
La Fiscalía fundamentó que las penas solicitadas se ajustan a lo contemplado en la legislación vigente, en la cual se prevén sanciones entre seis y 12 años de cárcel para los graves delitos en los cuales incurrió Uribe Vélez.
El fallo judicial detalla cómo Uribe dirigió una estructura organizada para fabricar pruebas falsas contra el senador Iván Cepeda Castro, utilizando a su abogado Diego Cadena como operador principal y contando con la participación de terceros como el exrecluso Enrique Pardo Hasche y la exagente de la CIA Lisa Ruth.
La investigación reveló que el expresidente autorizó presiones sistemáticas contra Juan Guillermo Monsalve, quien había acusado a los hermanos Uribe de vínculos con el paramilitarismo. A través de Cadena, se ofrecieron beneficios jurídicos como acciones de revisión de condena y mejoras carcelarias a cambio de que Monsalve se retractara de sus acusaciones.
Las pruebas técnicas fueron determinantes para el fallo condenatorio. Las interceptaciones telefónicas legales revelaron la coordinación entre Uribe y sus colaboradores, incluyendo conversaciones donde el expresidente autorizó a Cadena con frases como «Proceda doctor, que usted hace las cosas bien». Monsalve registró con un reloj espía los encuentros en la cárcel La Picota durante 2018, donde fue presionado para cambiar su testimonio.
El tribunal documentó la falsificación de cartas firmadas por testigos como Carlos Vélez «Victor» y Eurídice Cortés «Diana», así como por reclusos de la cárcel de Cómbita, que contenían declaraciones falsas contra Cepeda. Estas cartas fueron presentadas ante la Corte Suprema de Justicia por los abogados de Uribe como pruebas de su inocencia.
La sentencia establece que Uribe autorizó giros de dinero a testigos mediante intermediarios como Rodolfo Echeverry. María Elena Vélez, hermana de «Victor», recibió 18 millones de pesos como parte de estos pagos ilícitos destinados a asegurar declaraciones favorables al expresidente.
Las claves del proceso contra Uribe Vélez
El origen del caso se remonta a 2012, cuando Uribe denunció a Cepeda por supuesto fraude procesal. Sin embargo, la investigación tomó un giro inesperado en 2018 cuando la Corte Suprema de Justicia encontró indicios de que el propio Uribe había manipulado testigos para construir su acusación contra el senador.
El juicio oral se desarrolló entre febrero y julio de 2025 durante 56 sesiones, en las que Uribe se declaró inocente y su defensa alegó que actuó en ejercicio legítimo de su derecho a la defensa, sin conocimiento de las conductas ilícitas de su abogado. No obstante, la Fiscalía demostró que el expresidente dirigió y avaló el plan criminal, recibiendo informes de Cadena en tiempo real y entregándole incluso un lote como pago por servicios ilícitos.
La defensa intentó argumentar la aplicación del principio non bis in ídem, alegando doble juzgamiento, pero el tribunal rechazó esta tesis al considerar que los factores de agravación utilizados no constituyen elementos del tipo penal sino circunstancias independientes que incrementan la responsabilidad.
El fallo reconoce como víctimas a Iván Cepeda Castro, quien fue acusado falsamente de manipular testigos; Deyanira Gómez Sarmiento, esposa de Monsalve, quien fue amenazada por entregar pruebas; y los exfuncionarios judiciales Luis Eduardo Montealegre y Jorge Perdomo, difamados en las cartas falsas.
El tribunal aplicó agravantes por la posición distinguida de Uribe en la sociedad, aprovechando su influencia como expresidente, y por la coparticipación criminal al dirigir una red organizada para cometer los delitos. La pena base de soborno en actuación penal se fijó en 91 meses, aumentada a 120 meses por concurso homogéneo al afectar a tres víctimas, mientras que el fraude procesal recibió una condena base de 94 meses, incrementada a 104 meses por la presentación de nueve documentos falsos.
La aplicación del concurso heterogéneo resultó en la suma de ambas condenas, tomando la más grave como base y añadiendo 24 meses adicionales, para totalizar los 144 meses de prisión. El juez concedió el beneficio de prisión domiciliaria tras verificar que Uribe cumple los requisitos legales, incluyendo arraigo familiar y social en su residencia de Rionegro, Antioquia.
La ejecución de la pena iniciará de forma inmediata una vez Uribe pague una caución de cuatro salarios mínimos legales vigentes y se traslade a su domicilio bajo vigilancia del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario. El fallo puede ser apelado ante la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá.
La sentencia sienta un precedente histórico en Colombia al demostrar que ningún ciudadano, independientemente de su posición o influencia política, está por encima de la ley. El caso Uribe marca un punto de inflexión en la lucha contra la impunidad de alto nivel y fortalece la confianza en las instituciones judiciales del país suramericano.
teleSUR, 1° de Agosto de 2025
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