{"id":37550,"date":"2022-04-23T22:57:35","date_gmt":"2022-04-23T22:57:35","guid":{"rendered":"http:\/\/www.lapluma.net\/?p=37550"},"modified":"2022-04-23T23:24:05","modified_gmt":"2022-04-23T23:24:05","slug":"sentencia-del-tribunal-internacional-de-opinion-trino-por-masacre-de-putumayo-perpetrada-por-el-ejercito-de-colombia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.lapluma.net\/fr\/2022\/04\/23\/sentencia-del-tribunal-internacional-de-opinion-trino-por-masacre-de-putumayo-perpetrada-por-el-ejercito-de-colombia\/","title":{"rendered":"Sentencia del Tribunal Internacional de Opini\u00f3n (TRINO) por masacre de Putumayo perpetrada por el Ej\u00e9rcito de Colombia"},"content":{"rendered":"\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong><u>TRIBUNAL INTERNACIONAL DE OPINI\u00d3N (TRINO)<\/u><\/strong>, a las diecisiete horas y cincuenta minutos del trece de abril de dos mil veintid\u00f3s.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Causa p\u00fablica de car\u00e1cter moral seguida contra el Gobierno de la Rep\u00fablica de Colombia por cr\u00edmenes de lesa Humanidad, violaci\u00f3n de los principios de Derecho Internacional Humanitario, violaci\u00f3n de la legislaci\u00f3n y de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica cometidos por el Ej\u00e9rcito de Colombia, en da\u00f1o de ciudadanos de la Vereda El Remanso, Municipio de Puerto Legu\u00edzamo, Departamento de Putumayo, y de otros ciudadanos. Intervienen los doctores Carlos Arturo Meneses Reyes, como Fiscal Ad Hoc, y Germ\u00e1n Guevara Ochoa, como Abogado Ex Officio del Estado.<\/p>\n<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\" wp-image-37555 aligncenter\" src=\"http:\/\/www.lapluma.net\/wp-content\/uploads\/2022\/04\/Operativo-del-ejercito-sangre-de-civiles-225x300.jpg\" alt=\"\" width=\"343\" height=\"458\" srcset=\"https:\/\/www.lapluma.net\/wp-content\/uploads\/2022\/04\/Operativo-del-ejercito-sangre-de-civiles-225x300.jpg 225w, https:\/\/www.lapluma.net\/wp-content\/uploads\/2022\/04\/Operativo-del-ejercito-sangre-de-civiles-510x680.jpg 510w, https:\/\/www.lapluma.net\/wp-content\/uploads\/2022\/04\/Operativo-del-ejercito-sangre-de-civiles.jpg 720w\" sizes=\"auto, (max-width: 343px) 100vw, 343px\" \/><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><strong><u>RESULTANDO:<\/u><\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">1.- El 5 de abril en curso, habiendo recibido noticia de un operativo del Ej\u00e9rcito Colombiano realizado el 28 de marzo anterior en Vereda El Remanso, Municipio de Puerto Legu\u00edzamo, en el Departamento de Putumayo, en el que perdieron la vida once personas de la comunidad y otras cuatro resultaron heridas, el Profesor Doctor Luis Bernardo D\u00edaz Gamboa, Coordinador del Tribunal Internacional de Opini\u00f3n \u2013 TRINO -, convoc\u00f3 a sus integrantes a una reuni\u00f3n a celebrarse el d\u00eda 11 del mismo mes, a fin de que el susodicho Tribunal fuera constituido, y para instruir las diligencias correspondientes.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">2.- El 13 de abril, el Tribunal Internacional de Opini\u00f3n integrado por los Magistrados Alex Ibarra, de Chile; Walter Antill\u00f3n de Costa Rica (quien se inhibe ); Alicia Cabezudo, de Argentina; Edgardo Carabantes, de Chile; Lurdinha Ginetti, de Brasil y Eduardo Andr\u00e9s Sandoval Forero, de M\u00e9xico, se declar\u00f3 moralmente competente para conocer de la causa y abri\u00f3 la respectiva instrucci\u00f3n, procediendo a recibir la acusaci\u00f3n formulada por el Fiscal ad Hoc, doctor Carlos Arturo Meneses Reyes; y la contestaci\u00f3n del Abogado ex Oficio del Estado, doctor Germ\u00e1n Guevara Ochoa.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">3.- Acto seguido, el Tribunal procedi\u00f3 a recibir la prueba recabada en la causa, consistente en las declaraciones de Guillermo Cardona Moreno, Presidente del Observatorio Comunal de Derechos Humanos; de Francelly Zuluaga, dirigente comunal de Putumayo; Sebasti\u00e1n P\u00e1ez, vecino de Vereda El Remanso; Diana S\u00e1nchez, defensora de Derechos Humanos y Directora de la ONG Minga; Andrea Alvis Lora, de la Mesa Territorial de Garant\u00edas; Yuri Quintero, de la Coordinadora Red de Derechos Humanos de Putumayo; Pablo Cuchal\u00e1, Consejero de INGA; y doctores Luis Dussan, de la Asociaci\u00f3n Americana de Juristas, Rama Colombia, y Rafael Ball\u00e9n, abogado. Se reprodujo el v\u00eddeo de la cadena nacional Caracol TV y las conclusiones conjuntas sobre los hechos acaecidos del diario El Espectador y de las Revistas Cambio y Vor\u00e1gine, producidos despu\u00e9s de que sus reporteros visitaron el terreno mismo de los acontecimientos, divulgaron su trabajo a trav\u00e9s de las redes sociales y emplazaron al Comandante General Eduardo Zapateiro a clarificar lo sucedido. Adem\u00e1s, el Tribunal tuvo acceso a numerosos v\u00eddeos y declaraciones testimoniales, como las de Fabi\u00e1n Dar\u00edo \u00c1lvarez Garc\u00eda de OPIAC, de Armando Wouriyu Valbuena de IEANPE, del abogado defensor David Melo, de Iv\u00e1n Narv\u00e1ez de Movicap, en los que todos coinciden en que no hubo enfrentamiento armado sino un enfrentamiento armado contra poblaci\u00f3n civil indefensa reunida en un d\u00eda festivo.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Por razones obvias, los suscritos Magistrados han protegido bajo el velo del anonimato los nombres y apellidos de los miembros de la comunidad de Alto Remanso que fueron v\u00edctimas y testigos directos de los sucesos. Esto no se admite en procesos judiciales tradicionales, pero se ha estimado razonable en la investigaci\u00f3n de hechos atribuidos a protagonistas potentes,&nbsp;como son los Estados, la Mafia, poderosos grupo econ\u00f3micos nacionales y transnacionales, etc.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">4.- En las actuaciones de la causa se ha observado las prescripciones del debido proceso legal, adecuadas a los requerimientos de un Tribunal de Conciencia, como es el TRINO, compuesto de elementos letrados y laicos provenientes de distintas disciplinas; y<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><strong><u>CONSIDERANDO:<\/u><\/strong><\/p>\n<p><strong><u>I.- HECHOS PROBADOS:<\/u><\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Despu\u00e9s de recibida toda la informaci\u00f3n que se ha enumerado en el Resultando 3, los Magistrados del Tribunal expresan su convicci\u00f3n de que en las presentes diligencias se puede tener por demostrados como hechos relevantes de la causa los siguientes:<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">1) Que la Vereda de Alto Remanso, del Municipio de Puerto Legu\u00edzamo, Departamento de Putumayo, es un caser\u00edo fronterizo con los territorios de Ecuador y Per\u00fa, situado en la rivera del R\u00edo Putumayo, afluente del Amazonas;<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">2) Que el Cabildo de La Vereda, en coordinaci\u00f3n con otras comunidades fronterizas de Ecuador y Per\u00fa, organiz\u00f3 para los d\u00edas 26, 27 y 28 de marzo de 2022, una fiesta o \u201cbazar\u201d junto a la final de un campeonato de futbol iniciado semanas antes con participaci\u00f3n de equipos de Colombia, Ecuador y Per\u00fa, con el prop\u00f3sito de reunir fondos para el mantenimiento de una v\u00eda terrestre de comunicaci\u00f3n entre las veredas y la compra de un motor para lancha. La invitaci\u00f3n para dichas actividades se hizo por medio de un volante que dice: <em><u>\u201cEl Cabildo de Alto Remanso tiene el gusto de invitarlos a un sensacional bazar que se llevar\u00e1 a cabo el s\u00e1bado 26, domingo 27 y el gran remate el lunes 28 de marzo, hora de inicio a las 10:00 am. Habr\u00e1 encuentros deportivos masculino y femenino, valor puesto planilla equipo masculino 100.000 pesos. Valor puesto planilla equipo femenino 70.000 pesos. La premiaci\u00f3n ser\u00e1 de acuerdo a los equipos participantes\u201d;<\/u><\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">3) Que el evento, que inclu\u00eda venta de comida y licor, baile, ri\u00f1as de gallos y eventos deportivos, atrajo a muchos habitantes (Colombia, Ecuador y Per\u00fa), y transcurri\u00f3 en calma los d\u00edas 26 y 27 del citado mes de marzo;<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">4) Que en la ma\u00f1ana del d\u00eda 28, el caser\u00edo fue rodeado por un grupo de hombres armados, melenudos y barbudos, uniformados con sudaderas negras y gorros negros de lana, quienes durante m\u00e1s de media hora, aproximadamente entre las 6 y las 7 am. protagonizaron un tiroteo gritando que pertenec\u00edan a un grupo guerrillero.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">5) Que durante el operativo, uno de ellos se situ\u00f3 dentro del caser\u00edo, en el galp\u00f3n donde se preparaba los alimentos, y que desde all\u00ed disparaba contra la gente del pueblo: incluso una testigo afirma que dicho militar fue quien cobr\u00f3 la vida de Pablo Panduro Coquinche,<u>&nbsp;<\/u>Gobernador Ind\u00edgena del Cabildo Kicwa de Bajo Remanso; y presuntamente, por su posici\u00f3n ventajosa, pudo haber sido el causante de la muerte o la lesi\u00f3n de otras de las v\u00edctimas;<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">6) Que como resultado de ese operativo once civiles resultaron muertos:&nbsp;Pablo Panduro Coquinche (48 a\u00f1os), Gobernador Ind\u00edgena del Cabildo Kicwa, Bajo Remanso; Didier Hern\u00e1ndez Rojas (35 a\u00f1os), Presidente de la Junta de Acci\u00f3n Comunal de Alto Remanso; Ana Mar\u00eda Sarrias Barrera (24 a\u00f1os), esposa del anterior; Brayan Santiago Pama Pianda (16 a\u00f1os); Rub\u00e9n Dar\u00edo Pe\u00f1a Scarpetta (21 a\u00f1os); \u00d3scar Oliva Yela (40 a\u00f1os); Luis Alfonso Guerrero Mart\u00ednez (32 a\u00f1os) Enuar Ojeda S\u00e1nchez (23 a\u00f1os); Jos\u00e9 Antonio Pe\u00f1a Otaya (40 a\u00f1os); Alexander Pe\u00f1a Mu\u00f1oz (30 a\u00f1os) y Jhon Jairo Silva Mutumbajoy (34 a\u00f1os); adem\u00e1s de cuatro heridos, tres de los cuales son: Willington Gal\u00edndez, Nohora Andrade y Vanessa Rivadeneira Reyes (menor de edad). A este n\u00famero de muertos y heridos debe sumarse un n\u00famero indeterminado de desaparecidos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">7) Que cuando finalizaron los disparos, aterriz\u00f3 un helic\u00f3ptero del Ej\u00e9rcito Colombiano con soldados portando sus uniformes regulares, y entre todos procedieron a manipular los cad\u00e1veres de las v\u00edctimas, cambi\u00e1ndolos de lugar y de posici\u00f3n. En palabras del Fiscal Ad Hoc, \u201c\u2026<em>Los militares arrancaron las cortinas rojas del bar y envolvieron los cad\u00e1veres que fueron recibidos por funerarias en el municipio de Puerto As\u00eds. A otros cad\u00e1veres los envolvieron en bolsas pl\u00e1sticas blancas y llevados a un helic\u00f3ptero, horas mas tarde. Luego, sacaron a la comunidad y la concentraron sentada en la cancha&nbsp;<\/em>(de minifutbol)&nbsp;<em>por cuatro horas sin permitirles mirar hacia atr\u00e1s\u2026\u201d<\/em>&nbsp;(Ver Acusaci\u00f3n del Fiscal, p\u00e1g. 2, respaldada por las comprobaciones de seis periodistas:&nbsp;Valentina Parada y Mauricio Alvarado de El Espectador, Jos\u00e9 Guarnizo y Viviana Bello de Vor\u00e1gine, y Guillermo G\u00f3mez y Alfredo Molano de la Revista Cambio);<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">8) Que seguidamente el grupo autor del operativo cambi\u00f3 la vestimenta que llevaban hasta ese momento y visti\u00f3 el uniforme del Ej\u00e9rcito regular. Los cad\u00e1veres fueron depositados en un aposento para mantenerlos fuera de la vista de la comunidad. Reci\u00e9n hacia las (Como hasta las) 2 pm de la tarde del d\u00eda 28 de marzo se hicieron presentes en el lugar de los hechos agentes de la Fiscal\u00eda del Estado y del Cuerpo T\u00e9cnico de Investigaci\u00f3n, trasladados hasta all\u00ed por helic\u00f3pteros del Ej\u00e9rcito, \u201c\u2026<em><u>resaltando la familiaridad y amiguismo que presentaron los de la Fiscal\u00eda, salud\u00e1ndose de abrazo, con los miembros del Ej\u00e9rcito, que ya se hab\u00edan colocado el uniforme camuflado sobre el de las sudaderas negras con las que incursionaron\u2026\u201d<\/u><\/em>, seg\u00fan lo relataron personas presentes a la defensora de Derechos Humanos Diana S\u00e1nchez, Directora de la Asociaci\u00f3n Minga. Los suscritos Magistrados han examinado un v\u00eddeo filmado en el lugar de los hechos por el noticiero&nbsp;<em>\u2018<\/em><strong><a href=\"http:\/\/laverdadnadamasquelaverdad.com\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\"><em>laverdadnadamasquelaverdad.com<\/em><\/a><\/strong><em>\u2019,&nbsp;<\/em>en el que, ya en horas de la tarde del d\u00eda 28, por insistencia de varias personas, una mujer es admitida por un miembro del Cuerpo T\u00e9cnico de Investigaci\u00f3n a ingresar al lugar donde tienen los cuerpos de las v\u00edctimas, a fin de que pueda ver el de su hija;<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">9) Que aparte de las v\u00edctimas personales, el operativo militar caus\u00f3 destrozos en varios edificios y viviendas del caser\u00edo, as\u00ed como en amoblamiento y utensilios utilizados en el bazar y en casas vecinas, prendas, comestibles, productos diversos, y objetos de uso dom\u00e9stico;<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">10) Que adem\u00e1s de lo anterior, algunas personas de Alto Remanso,&nbsp;denuncian la p\u00e9rdida de dinero y el despojo de bienes materiales por parte de miembros del Ej\u00e9rcito participantes del operativo que entraron al hotel, al galp\u00f3n y otros recintos del caser\u00edo durante la balacera provocada por ellos mismos, y dijeron decomisar bienes y dinero, producto de ganancias del bazar, por un monto aproximado a los $11 (once) millones de pesos. Afirman los vecinos que a un particular le \u201cdecomisaron\u201d la suma de $36 (treinta y seis) millones de pesos producto de la venta de una finca. Al due\u00f1o del hotel y bar de la mencionada Vereda le incautaron $5 (cinco) millones de pesos y 8 (ocho) cajas de whisky, desapareciendo as\u00ed 96 (noventa y seis) botellas de la bebida marca Buchanan. De todos estos decomisos el Ej\u00e9rcito solo report\u00f3 oficialmente la recaudaci\u00f3n de 9 (nueve) millones de pesos colombianos;<\/p>\n<p><strong><u>II.-&nbsp;HECHOS NO PROBADOS:<\/u><\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Despu\u00e9s de recibida toda la informaci\u00f3n que se ha enumerado en el Resultando 3, los Magistrados del Tribunal expresan su convicci\u00f3n de que en las presentes diligencias no se puede tener por demostrados como hechos relevantes de la causa los siguientes:<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">1) <u>Que el ataque a la Vereda Alto Remanso, tal como se describe en el Punto I fuera una acci\u00f3n leg\u00edtima y conjunta entre el Ej\u00e9rcito, la Fuerza A\u00e9rea y la Armada para capturar a alias Bruno y a alias Managua, diz que jefes del Frente 48 de las disidencias de las FARC o Comandos de la Frontera.<\/u><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Los suscritos Magistrados del Tribunal Internacional de Opini\u00f3n no encuentran razones para creer que se tratara de un operativo para capturar a los mencionados jefes guerrilleros, porque la mayor parte de los disparos hicieron impacto en personas que visiblemente no pod\u00edan ser Bruno ni Managua: las j\u00f3venes embarazadas Vanessa y Ana Mar\u00eda, el adolescente Brayan Santiago, o personalidades conocidas de la zona, como Didier Hern\u00e1ndez, Presidente de la Junta de Acci\u00f3n Comunal de Alto Remanso, o Pablo Panduro Coquinche, Gobernador Ind\u00edgena del Cabildo Kicwa de Bajo Remanso. Los agentes de Inteligencia Militar, o sus colaboradores, que tomaron los v\u00eddeos a que se refiere el Hecho 3 \u00bfno hubieran podido transmitir al Ej\u00e9rcito los datos de identificaci\u00f3n de aquellos jefes, y evitar as\u00ed confusiones funestas?<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">2) <u>Que en el operativo, en el que participaron inicialmente 10 militares (entre los que hab\u00eda un francotirador de alta precisi\u00f3n) y luego otros 40, se respet\u00f3 el Derecho Internacional Humanitario.<\/u><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Los Suscritos preguntan, s\u00f3lo para empezar: en un operativo de captura de dos jefes guerrilleros \u00bfautoriza el Derecho Internacional Humanitario disparar a un menor de edad y a dos j\u00f3venes madres en estado de embarazo, pertenecientes a la comunidad civil? Incre\u00edblemente, resulta claro que el Comandante del Ej\u00e9rcito Nacional de Colombia, General Eduardo Enrique Zapateiro Altamiranda, responder\u00eda dicha pregunta en sentido afirmativo, puesto que ha declarado p\u00fablicamente:&nbsp;<em><u>\u201cno es la primera operaci\u00f3n donde caen embarazadas y menores de edad\u201d,&nbsp;<\/u><\/em>atropellando de esta manera principios b\u00e1sicos del Derecho Internacional Humanitario, como son la proporcionalidad y la distinci\u00f3n de trato entre civiles y militares;<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">3) <u>Que se vieron armas portadas por algunos asistentes a la fiesta y ello qued\u00f3 registrado en videos;<\/u><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Los Suscritos estiman que en medios rurales y alejados de centros poblados de Colombia es un hecho habitual que asistan a las fiestas vecinales, veredales o parroquiales, personas portadoras de armas e incluso, como lo afirman los vecinos, exist\u00eda la posibilidad que en alg\u00fan momento pudiera presentarse en la actividad social programada en la Vereda alg\u00fan guerrillero armado. Pero es f\u00e1cil deducir que ninguna de esas personas era Bruno o Managua, cuya captura era la raz\u00f3n de ser del operativo, porque de lo contrario los comandantes del Ej\u00e9rcito lo hubieran informado de antemano a los pobladores.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">4) <u>Que disidentes armados repelieran la avanzada de las tropas, esa ma\u00f1ana del operativo en Alto Remanso (habr\u00eda el testimonio de un soldado herido que lo confirma).<\/u><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La totalidad de la prueba recabada por los suscritos Magistrados excluye la existencia de un combate esa ma\u00f1ana en Alto Remanso: fueron s\u00f3lo disparos del Ej\u00e9rcito contra civiles desarmados que no encontraron en la poblaci\u00f3n indefensa otra respuesta que el terror y la hu\u00edda.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">5) <u>Que el Ej\u00e9rcito disparara a distancias muy largas de 50 a 150 metros. Que no estaba en el caser\u00edo; y que no hubo combates en el caser\u00edo.<\/u><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La informaci\u00f3n recogida, que a los Suscritos merece fe, indica que durante el operativo, un militar se situ\u00f3 dentro del caser\u00edo, en el galp\u00f3n donde se preparaba los alimentos, y que desde all\u00ed disparaba contra la gente del pueblo: incluso una testigo afirma que dicho militar fue quien cobr\u00f3 la vida de Pablo Panduro Coquinche, Gobernador Ind\u00edgena del Cabildo Kicwa de Bajo Remanso; y presuntamente, por su posici\u00f3n ventajosa, pudo haber sido el causante de la muerte o la lesi\u00f3n de otras de las v\u00edctimas. Los otros tiradores, que se habr\u00edan situado entre 50 y 150 metros de distancia del caser\u00edo (seg\u00fan lo afirma el General Juan Carlos Correa, comandante del operativo) afortunadamente fueron mucho menos precisos. Adem\u00e1s, si no hubo combates en el caser\u00edo (como afirma el General Correa) \u00bfPor qu\u00e9 puertas, ventanas, tejados y paredes de los edificios y las casas de habitaci\u00f3n del poblado muestran los destrozos y orificios de las balas? \u00bfPor qu\u00e9 se encuentran casquillos de balas diseminados en toda la zona donde se produjeron los hechos descriptos por los vecinos?<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">6) <u>Que el bazar organizado en La Vereda de Alto Remanso los d\u00edas 26 a 28 de marzo pasado fuera para comprar y vender pasta de coca, lo cual justific\u00f3 la intervenci\u00f3n del Ej\u00e9rcito, pues \u201clos uniformados est\u00e1n autorizados para repeler el narcotr\u00e1fico\u201d.<\/u><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En contraste con dicha afirmaci\u00f3n, resulta extra\u00f1o a los Suscritos que, en la confiscaci\u00f3n de dinero y bienes que los militares admiten haber realizado en Alto Remanso, no figure en absoluto pasta de coca. \u00bfEs posible que desapareciera del lugar, sin dejar ni siquiera una muestra? Pero adem\u00e1s \u00bfno se indic\u00f3 que el operativo del 28 de marzo ten\u00eda como objetivo capturar a dos jefes guerrilleros bien identificados por el Ej\u00e9rcito?<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">7) <u>Que los 11 muertos y los 4 heridos hubieran sido disidentes de las FARC, narco cocaleros integrantes de la II Marquetalia; c\u00e9lulas de narcos y terroristas, seg\u00fan lo afirmaron, por su orden, el Ministro Molano, el Mayor General Edgar Alberto Rodr\u00edguez y el Presidente Iv\u00e1n Duque.<\/u><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Los Suscritos est\u00e1n seguros de que a los testigos no les resulta f\u00e1cil contradecir p\u00fablicamente las afirmaciones del Presidente de la Rep\u00fablica , Ministros del Estado y Generales del Ej\u00e9rcito Colombiano pero todas las personas de la zona que estuvieron all\u00ed a ra\u00edz de los sucesos , desde el cura Campo El\u00edas de la Cruz, sacerdote en el Putumayo, hasta Andrea Alvis Lora, de la Mesa Territorial de Garant\u00edas; desde la Red de Derechos Humanos del&nbsp;Putumayo,&nbsp;hasta la defensora de Derechos Humanos Diana S\u00e1nchez, Directora de la Asociaci\u00f3n Minga, etc.; incluyendo a los periodistas de Caracol TV, de los diarios El Tiempo y El Espectador, y de las Revistas Cambio y Vor\u00e1gine, todos recogen el testimonio invariable de la comunidad de Alto Remanso: <em>all\u00ed no hubo combates entre el Ej\u00e9rcito y la Guerrilla, los militares dispararon contra campesinos y campesinas desarmados.<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">8) <u>Que no es cierto que el Ej\u00e9rcito utilizara trajes negros para ocultar el camuflado; ni que moviera los cuerpos de las v\u00edctimas.<\/u><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Tambi\u00e9n en este punto la versi\u00f3n del Gobierno y del Ej\u00e9rcito, resulta veros\u00edmilmente refutada por las afirmaciones de la comunidad de Alto Remanso, v\u00edctima del funesto operativo. Pero es que adem\u00e1s la versi\u00f3n oficial se enfrenta con la interminable, reiterada historia de la pr\u00e1ctica de los \u201cfalsos positivos\u201d. Como latinoamericanos informados, los suscritos Magistrados del Tribunal tienen noticia de que en Colombia,&nbsp;desde hace ya muchos a\u00f1os, las fuerzas gubernamentales han masacrado poblaciones campesinas, ind\u00edgenas y urbanas de todo el pa\u00eds, vistiendo y armando a los muertos como guerrilleros. Los Suscritos han tenido a la vista muchos recortes de prensa que hablan de masacres similares en territorios tan diversos como Barrancabermeja, San Carlos de Guaroa, El Retiro, Sabanalarga, Mutal\u00e1, La Granja, Riosucio, Urrao, Puerto Alvira, Ci\u00e9naga, San Carlos, Yolomb\u00f3, Puerto Gait\u00e1n, El Pi\u00f1\u00f3n, La Gabarra, Valle de Guamuez, Yarumal, El Pe\u00f1ol, Jamundi, Alto de Naya, Calima, Alaska (Valle), Alejandr\u00eda, Gualanday, Sogamoso, El Triunfo, El Afilador,&nbsp;San Miguel, Punta del Este, Barbacoas; s\u00f3lo por nombrar algunos entre muchos otros sucesos similares.<\/p>\n<p><strong><u>III.- CONSIDERACIONES DE FONDO:<\/u><\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Con vista del elenco de los hechos probados y no probados relevantes en el proceso, los suscritos Magistrados del Tribunal estiman que ha quedado demostrado que alrededor de las 7 de la ma\u00f1ana del d\u00eda 28 de marzo del a\u00f1o en curso, un grupo de soldados del Ej\u00e9rcito de Colombia, con instrucciones de proceder a la captura de dos jefes guerrilleros apodados Bruno y Managua, rodearon la Vereda Alto Remanso, del Municipio de Puerto Legu\u00edzamo, Departamento de Putumayo, vestidos deliberadamente con sudaderas negras y gorros negros de lana, y durante m\u00e1s de media hora protagonizaron un tiroteo gritando que eran miembros de la guerrilla . Que tambi\u00e9n puede tenerse como probado que durante el operativo, uno de ellos se situ\u00f3 dentro del caser\u00edo, en el galp\u00f3n donde se preparaba los alimentos, y desde all\u00ed disparaba contra la gente del pueblo: incluso una testigo afirma que dicho militar fue quien cobr\u00f3 la vida de Pablo Panduro Coquinche, Gobernador Ind\u00edgena del Cabildo Kicwa de Bajo Remanso; y presuntamente, por su posici\u00f3n ventajosa, el referido militar pudo haber sido el causante de la muerte o la lesi\u00f3n de otras de las v\u00edctimas; que como resultado de ese operativo, once personas resultaron muertas: el ya mencionado&nbsp;Pablo Panduro Coquinche (48 a\u00f1os); Didier Hern\u00e1ndez Rojas (35 a\u00f1os), Presidente de la Junta de Acci\u00f3n Comunal de Alto Remanso; Ana Mar\u00eda Sarrias Barrera (24 a\u00f1os), esposa del anterior; Brayan Santiago Pama Pianda (16 a\u00f1os); Rub\u00e9n Dar\u00edo Pe\u00f1a Scarpetta (21 a\u00f1os); \u00d3scar Oliva Yela (40 a\u00f1os); Luis Alfonso Guerrero Mart\u00ednez (32 a\u00f1os); Enuar Ojeda S\u00e1nchez (23 a\u00f1os); Jos\u00e9 Antonio Pe\u00f1a Otaya (40 a\u00f1os); Alexander Pe\u00f1a Mu\u00f1oz (30 a\u00f1os) y Jhon Jairo Silva Mutumbajoy (34 a\u00f1os). Que igualmente resultaron heridas cuatro personas, tres de los cuales se identifican como Willington Galindez, Nohora Andrade y Vanessa Rivadeneira Reyes (menor de edad). Existe, adem\u00e1s, un n\u00famero indeterminado de desaparecidos.<\/p>\n<h4>Editado por <a href=\"http:\/\/www.lapluma.net\/nosotros\/editora\/\">Mar\u00eda Piedad Ossaba<\/a><\/h4>\n<h4><strong>Fuente: <a href=\"https:\/\/surcosdigital.com\/sentencia-del-tribunal-internacional-de-opinion-trino-por-masacre-de-putumayo-perpetrada-por-el-ejercito-de-colombia\/\">Surcos Digital.com<\/a>, 21 de abril de 2022<\/strong><\/h4>\n<p><strong>Lea en La Pluma: <\/strong><a href=\"http:\/\/www.lapluma.net\/2022\/04\/01\/colombia-masacre-de-putumayo\/\" rel=\"bookmark\"><strong>Colombia: Masacre de Putumayo<\/strong><\/a><\/p>\n\n\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Masacre en Puerto Leguizamo, un falso positivo a manos del Ej\u00e9rcito.<\/p>\n","protected":false},"author":1073,"featured_media":37551,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_uf_show_specific_survey":0,"_uf_disable_surveys":false,"footnotes":""},"categories":[216,7],"tags":[18554,18550,486,18549,18555,18138,18553,18332,18548,18552],"coauthors":[18547],"class_list":["post-37550","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-colombia","category-ddhh","tag-carlos-arturo-meneses-reyes","tag-causa-publica-goberno-de-colombia","tag-crimenes-de-lesa-humanidad","tag-ejercito-de-colombia","tag-german-guevara-ochoa","tag-masacre-de-putumayo-falsos-positivos","tag-masacre-puerto-leguisamo-putumayo","tag-masacre-puerto-leguizamo","tag-tribunal-internacional-de-opinion-trino","tag-vereda-el-remanso"],"translation":{"provider":"WPGlobus","version":"2.12.2","language":"fr","enabled_languages":["es","fr"],"languages":{"es":{"title":true,"content":true,"excerpt":true},"fr":{"title":false,"content":false,"excerpt":false}}},"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.lapluma.net\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/37550","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.lapluma.net\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.lapluma.net\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.lapluma.net\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1073"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.lapluma.net\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=37550"}],"version-history":[{"count":7,"href":"https:\/\/www.lapluma.net\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/37550\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":37564,"href":"https:\/\/www.lapluma.net\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/37550\/revisions\/37564"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.lapluma.net\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/media\/37551"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.lapluma.net\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=37550"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.lapluma.net\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=37550"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.lapluma.net\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=37550"},{"taxonomy":"author","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.lapluma.net\/fr\/wp-json\/wp\/v2\/coauthors?post=37550"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}